Neumático recauchutado apoyado en pared de taller de recambios

La Comisión Europea excluye el neumático recauchutado del Reglamento EUDR

La Comisión Europea ha decidido excluir al neumático recauchutado como producto final del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2023/1115 sobre productos libres de deforestación, conocido como EUDR. La Asociación Española de Neumáticos Reciclados (AER) ha acogido la medida de forma positiva, al considerar que aporta mayor claridad sobre el encaje regulatorio de esta actividad. La decisión afecta directamente a la industria del recauchutado y a toda la cadena de distribución de neumáticos en Europa.

  • Exclusión del EUDR: el neumático recauchutado queda fuera del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2023/1115 sobre deforestación, según la actualización de su Anexo I.
  • Calendario general sin cambios: las obligaciones del EUDR siguen aplicándose desde finales de 2026 para grandes y medianas empresas, y desde 2027 para micro y pequeñas empresas.
  • Trámite institucional pendiente: el acto delegado ya ha sido adoptado por la Comisión, pero debe completar el control institucional correspondiente antes de su entrada en vigor definitiva.
  • Reconocimiento sectorial: para AER, la medida reconoce la particularidad del recauchutado como actividad de economía circular dentro del sector del neumático.

Qué establece la modificación del Reglamento

La Comisión Europea ha decidido excluir al neumático recauchutado como producto final del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2023/1115 sobre productos libres de deforestación, más conocido por sus siglas en inglés, EUDR. La medida forma parte de un paquete adoptado por la Comisión para facilitar la aplicación de este reglamento y mejorar la seguridad jurídica de empresas, autoridades y operadores afectados. En concreto, la actualización del Anexo I redefine el alcance de determinados productos derivados y excluye de forma expresa al neumático recauchutado.

Qué cambia en la práctica para recauchutadores y distribuidores

Hasta ahora, el encaje regulatorio del recauchutado dentro del EUDR generaba dudas sobre si esta actividad, claramente vinculada a la prolongación de la vida útil de una carcasa y a la reutilización de recursos, debía someterse a las mismas cargas documentales que un producto final nuevo. Con la exclusión, se evita trasladar obligaciones adicionales a un producto que ya representa por sí mismo una solución de economía circular: alargar la vida útil de una carcasa evita fabricar un neumático nuevo, reduce el consumo de materias primas y disminuye la generación de residuos.

Para los talleres especializados en recauchutado y para los distribuidores que comercializan este tipo de producto, la medida reduce incertidumbre sobre qué trámites de trazabilidad deberán aplicar a partir de la entrada en vigor del reglamento.

Plazos y próximos pasos

La Asociación Española de Neumáticos Reciclados recuerda que la modificación todavía no ha completado su recorrido institucional: aunque el acto delegado ya ha sido adoptado por la Comisión Europea, deberá superar ahora el trámite de control correspondiente antes de su entrada en vigor definitiva. En paralelo, el calendario general del EUDR se mantiene sin cambios, por lo que sus obligaciones seguirán siendo aplicables a partir de finales de 2026 para grandes y medianas empresas, y en 2027 para micro y pequeñas empresas.

AER ha indicado que continuará haciendo seguimiento del expediente e informará a sus asociados de cualquier avance adicional.

Fuentes

Juan Ramon Iribarren
Juan Ramon Iribarren

Marketer y Copywriter especializado en automoción y recambios. Estrategia digital, automatización y ventas en el sector del motor.

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